✍ El Ciudadano Habla/ La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 180.000 euros a la empresa de telecomunicaciones Procono, propietaria de la marca PTV Telecom, como consecuencia de una filtración de datos personales ocurrida en 2023. Los hechos fueron denunciados por FACUA-Consumidores en Acción, tras detectar la publicación de una base de datos de clientes en una página web accesible públicamente.
Según la denuncia, la base de datos filtrada contenía información altamente sensible de los usuarios, entre la que se incluían nombre y apellidos, DNI, domicilio, fecha de nacimiento, número de teléfono, dirección de correo electrónico y, en algunos casos, incluso cuentas bancarias. La brecha de seguridad afectó, al menos, a 200.000 personas.
Tras analizar la documentación aportada por FACUA y por otros doce denunciantes particulares, la AEPD concluyó que Procono incurrió en una infracción del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al no haber garantizado las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la información de sus clientes. Esta falta supuso una vulneración directa del principio de confidencialidad, una de las obligaciones esenciales en el tratamiento de datos personales.
La autoridad de control calificó los hechos como una infracción “muy grave”, de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos, por vulnerar el artículo 5.1 del RGPD. Dicho artículo establece que los datos personales deben ser tratados de forma que se garantice una seguridad adecuada, incluyendo la protección frente a tratamientos no autorizados o ilícitos, así como frente a su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas apropiadas de integridad y confidencialidad.
En este marco, el artículo 83.5 del RGPD prevé que este tipo de infracciones puedan ser sancionadas con multas de hasta 20 millones de euros o, en el caso de empresas, con hasta el 4% del volumen de negocio anual, atendiendo a las circunstancias concretas y a posibles agravantes o atenuantes.
Finalmente, tras resolver el expediente sancionador, la AEPD acordó imponer a Procono una sanción inicial de 300.000 euros. No obstante, la cuantía quedó reducida a 180.000 euros después de que la empresa se acogiera a las reducciones del 20%, tanto por reconocer su responsabilidad en la infracción como por realizar el pago voluntario de la sanción.
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