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Claves para saber cuándo estas pensiones deben declarar en la renta
La fiscalidad de las pensiones vuelve a estar en el punto de mira. Ya es oficial: determinadas pensiones de incapacidad permanente deberán tributar en el IRPF, dependiendo del grado reconocido y de la situación personal del beneficiario.
¿Qué cambia exactamente?
No todas las pensiones de incapacidad permanente están exentas. La clave está en el grado de incapacidad reconocido y en si se cumplen los requisitos establecidos por la normativa fiscal.
En términos generales:
✅ Incapacidad permanente absoluta: suele estar exenta de IRPF.
✅ Gran invalidez: también mantiene la exención.
Incapacidad permanente total o parcial: puede estar sujeta a tributación como rendimiento del trabajo.
Es decir, quienes perciban una pensión por incapacidad permanente total o parcial podrían tener que incluirla en la declaración de la Renta.
¿Quiénes tendrán que pagar?
Dependerá de factores como:
● El importe anual de la pensión.
● Si existen otros ingresos (salario, alquileres, actividades económicas…).
● La situación familiar y el mínimo personal aplicable.
En algunos casos, si se superan los límites establecidos, será obligatorio presentar la declaración y tributar por la cuantía correspondiente.
¿Qué deben hacer los afectados?
● Revisar el certificado de retenciones.
● Consultar el borrador de la Renta.
● Valorar asesoramiento profesional si existen dudas.
La recomendación es comprobar cada caso individualmente, ya que la obligación de tributar no afecta por igual a todos los pensionistas.








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