La justicia protege al consumidor frente a ficheros de morosidad abusivos
Los tribunales sancionan duramente a la compañía por mantener el perfil del afectado expuesto en registros de solvencia durante casi cuatro años sin justificación legal.
La compañía de telecomunicaciones Vodafone ha sido condenada judicialmente a abonar una indemnización de 10.000 euros, además de asumir los intereses y las costas procesales, tras incluir de manera irregular los datos de un antiguo cliente en registros de solvencia patrimonial. La resolución judicial subraya que una deuda controvertida o cuya existencia se encuentre en disputa no puede ser utilizada bajo ningún concepto para estigmatizar públicamente a un consumidor atribuyéndole la condición de moroso.
El origen del conflicto y la vulneración legal
El litigio se originó cuando el usuario contrató diversos servicios de telecomunicaciones con la operadora y, posteriormente, decidió ejercer su legítimo derecho de desistimiento. Siguiendo estrictamente las indicaciones de la compañía, el cliente procedió a la devolución de los dispositivos que había recibido y tramitó la baja del servicio. Sin embargo, la multinacional le reclamó posteriormente el pago de determinados importes económicos que el usuario consideró infundados.
Ante la falta de claridad en los cargos, el afectado solicitó explicaciones detalladas y manifestó formalmente su disconformidad con la deuda. Pese a que el cobro era objeto de una disputa abierta y carecía de los requisitos legales indispensables tales como tratarse de una obligación cierta, vencida y exigible, la empresa optó por ceder los datos del usuario e incluirlo en los registros de morosidad de Experian-Badexcug y Asnef-Equifax.
Un calvario de 47 meses en listas negras
Uno de los elementos determinantes tenidos en cuenta por la Justicia fue la prolongada permanencia del afectado en dichos ficheros de insolvencia. Aunque la deuda terminó siendo cancelada con posterioridad, los datos personales del ciudadano continuaron expuestos en ambos registros durante un periodo aproximado de 47 meses (casi cuatro años).
Durante ese tiempo, la vulneración de su intimidad financiera fue masiva: cerca de una treintena de entidades (concretamente 28 empresas) consultaron su historial crediticio en más de un millar de ocasiones (1.098 consultas registradas), a lo que se sumaron revisiones periódicas por parte de otras cuatro organizaciones. Aunque el tribunal determinó que no se pudo acreditar fehacientemente que las negativas de financiación posteriores fueran consecuencia directa y exclusiva de su inclusión, sí consideró acreditado el evidente daño moral y el perjuicio a su reputación como pagador.
Recomendaciones de las asociaciones de consumidores
Ante situaciones de abusos corporativos de esta índole, organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores como FACUA recuerdan la importancia crucial de preservar toda la documentación generada: facturas, contratos, historiales de comunicaciones con la empresa, justificantes de devolución de equipos y cualquier escrito de reclamación. Contar con estas pruebas resulta determinante en los tribunales para demostrar que una deuda era discutida y que su inclusión en listas de morosos vulneraba la legalidad vigente.





0 Comentarios
Gracias por dejar su comentario en el Periódico de Baleares. No dude en dirigirse a nuestro equipo de redacción para cualquier sugerencia u observación. Comentarios ofensivos serán borrados y el usuario/a bloqueado. El Periódico de Baleares no se hace responsable de los comentarios publicados por los lectores.